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Revés para el Aeropuerto Internacional de Bávaro en la Suprema Corte

La Tercera Sala de la Suprema Corte de Justicia ha rechazado un recurso de casación presentado por el Aeropuerto Internacional de Bávaro (AIB), que buscaba permitir la construcción de la terminal. Esta decisión refuerza la sentencia anterior que declaraba perjudicial para el interés colectivo la edificación del aeropuerto y ordenaba su suspensión.

El tribunal, encabezado por los jueces Manuel Alexis Read Ortiz, Manuel Herrera Carbuccia y Anselmo Alejandro Bello, tomó esta decisión al desestimar el recurso de casación presentado por el AIB contra la sentencia de la Segunda Sala del Tribunal Superior Administrativo.

La sentencia destaca que Moisés Ferrer Landrón no firmó la decisión debido a que se deliberó y falló durante su período de vacaciones, y el magistrado Rafael Vásquez Goico no la firmó por razones de inhibición, según consta en el acta del 28 de octubre pasado.

La Suprema Corte consideró que el Tribunal Superior Administrativo, al rechazar un recurso contencioso contra la decisión del Instituto de Aviación Civil (IDAC), no incurrió en los vicios denunciados por la parte recurrente, por lo que rechazó el recurso de casación.

Con esta decisión en contra del AIB, se invalidan los argumentos del proyecto, ya que la autoridad judicial ordena la paralización indefinida del mismo. La sentencia, emitida el 22 de diciembre, subraya que la parte interesada no se presentó en varias ocasiones ante la administración para presentar su defensa y proporcionar la documentación pertinente. Por lo tanto, la administración cumplió con las garantías mínimas del debido proceso, y la parte recurrente no puede beneficiarse de su propia ausencia sin causa justificada.

Miguel Valerio, abogado de la Corporación Aeroportuaria del Este, propietaria del Aeropuerto Internacional de Punta Cana, señaló que la Suprema Corte de Justicia rechazó el recurso del AIB, respaldando así la declaración del IDAC que califica al proyecto como perjudicial para el interés nacional. La decisión, inapelable, invalida el proyecto tal como fue concebido y aprobado originalmente.

Valerio explicó que la sentencia de la Suprema Corte de Justicia confirma las críticas sobre corrupción en el procedimiento y desautoriza el decreto del Poder Ejecutivo que aprobaba el proyecto AIB. La alta corte determinó que no se respetaron las reglas de competencia y debido proceso administrativo en el proceso de aprobación del AIB.

La sentencia enfatiza la obligatoriedad de licitar la construcción de un nuevo aeropuerto, y destaca que los procedimientos deben cumplir con los principios constitucionales de transparencia, publicidad e igualdad. En consecuencia, el proyecto AIB infringió estos principios al no agotar un procedimiento de licitación.

Valerio recordó que esta decisión se suma a siete sentencias previas en contra del AIB y a la anulación de la licencia ambiental por el Ministerio de Medio Ambiente y Recursos Naturales en septiembre de 2022. Esto refuerza la fortaleza institucional y la seguridad jurídica en la República Dominicana.

Con Informaión de Listin Diario

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