lunes, mayo 19, 2025

Limbo fronterizo

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El cierre total e indefinido de la frontera marítima, aérea y terrestre de República Dominicana con Haití permaneció por 27 días, luego de lo cual hubo alguna flexibilización muy controlada que, para fines prácticos, modificó muy poco la situación.

Inclusive, del lado haitiano se han negado a abrir sus portones, por lo que el comercio binacional ha sido nulo en las últimas cinco semanas, con el agravante de que se ha caído en una suerte de limbo.

Desde los primeros días, cuando el viernes 15 de septiembre el Gobierno dominicano dispuso el cierre fronterizo total junto a otras medidas restrictivas, elCaribe alertó sobre sus repercusiones incalculables y su peligroso escalamiento por impredecible.

Hoy volvemos con el tema para reafirmar que el Gobierno dominicano, con su postura sobre la construcción ilegal y unilateral de un canal en el río Masacre por parte de Haití, expresa nuestra independencia y soberanía.

Pero, a 42 días del cierre, reafirmamos nuestras reservas, expresadas entonces, acerca de que abarcara todas las vías de acceso hacia el territorio vecino y la incertidumbre que arroja su carácter indefinido.
Vemos llegado el momento de ponderar en qué medida y proporción importantes sectores productivos dominicanos puedan permanecer ilesos, sin peligro hasta para su propia existencia, si se prolongase la interrupción del intercambio con nuestro segundo socio comercial.

Y ni qué decir del comercio informal que es vital en todos los puntos fronterizos, en su mayoría pueblos con una enorme pobreza.

Habrá que imaginar que las cabezas que piensan en nuestro gobierno conocen esta situación, que no les anima cerrazón alguna y que pronto ofrecerán salidas satisfactorias, principalmente a la supresión casi completa de un intercambio comercial que afecta demasiado a la parte dominicana y hace más pesarosa la realidad de nuestros vecinos.

Además, si ambos han resuelto recurrir a la OEA para explorar salidas dialogadas y negociadas, debieran dejar la “bola” correr en ese terreno, a partir del inequívoco punto número 10 del Tratado de Paz, Amistad Perpetua y Arbitraje de 1929: “En razón de que ríos y otros cursos de agua nacen en el territorio de un Estado y corren por el territorio del otro o sirven de límites entre los dos Estados, ambas partes contratantes se comprometen a no hacer ni consentir ninguna obra susceptible de mudar la corriente de aquellas o de alterar el producto de las fuentes de las mismas”.

Fuente: El Caribe

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