Santo Domingo.– Después de más de 140 años bajo una legislación nacida en otra época, la República Dominicana estrena un Código Penal diseñado para enfrentar delitos que el antiguo marco jurídico apenas podía imaginar.
La Ley 74-25, promulgada el 3 de agosto de 2025 y vigente desde el 3 de agosto de 2026, sustituye el Código de 1884. Antes de comenzar su aplicación fue modificada parcialmente mediante la Ley 44-26, promulgada el pasado 27 de julio. Presidencia de la República y Consultoría Jurídica
El cambio no consiste únicamente en aumentar condenas. La nueva legislación reconoce que la criminalidad también evolucionó: ahora puede esconderse detrás de una pantalla, una estructura financiera, una relación sentimental o una organización dedicada a sembrar miedo.
Entre las nuevas figuras aparecen el feminicidio, sicariato, ciberbullying, violencia económica, estafas piramidales, difusión de imágenes falsas o deepfakes con fines de chantaje, instigación al suicidio, desaparición forzada, falsa denuncia y obstrucción de la justicia.
La norma también fortalece la protección frente a la violencia de género e intrafamiliar. Y es que una agresión no siempre comienza con un golpe: puede manifestarse mediante amenazas, control económico, humillaciones o persecución constante. Por eso se incorporan órdenes de protección más robustas, un registro de agresores sexuales y mayores plazos para perseguir delitos sexuales contra menores y personas vulnerables.
En materia de corrupción, el Código amplía los períodos de prescripción, endurece sanciones y contempla la inhabilitación para ejercer funciones públicas. También introduce la responsabilidad penal de las personas jurídicas, abriendo la posibilidad de sancionar empresas y organizaciones por infracciones vinculadas con sus representantes.
Las penas pueden alcanzar los 40 años de prisión y llegar hasta 60 cuando concurran varias infracciones graves.
La modernización, sin embargo, también plantea un desafío delicado: aplicar las disposiciones relacionadas con la reputación, las amenazas y los delitos digitales sin convertirlas en herramientas contra la crítica legítima. Opinar, cuestionar y denunciar siguen siendo derechos esenciales; acusar falsamente, chantajear o divulgar contenido privado para causar daño pertenece a otro terreno.
El nuevo Código no resolverá por sí solo la criminalidad. Su verdadera prueba comenzará ahora, en los tribunales, las fiscalías y las calles, donde deberá demostrar que puede proteger a las víctimas sin sacrificar derechos fundamentales.

